En el marco de la 114° Conferencia en Suiza, el Consejo de Administración de la OIT decidió que la reclamación realizada por la CTA Autónoma por incumplimiento, por parte del Gobierno de Argentina, del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales. Es por ello que se establecerá un Comité Tripartito para proceder a su examen.
La presentación había sido realizada el 24 de abril pasado. Allí se solicitó la intervención urgente del tribunal ad hoc encargado de evaluar la queja contra la República Argentina por violación al Convenio 169 de la OIT. Esta presentación también está firmada por la secretaria de Relación con los Pueblos Originarios, Miriam Liempe.
Se denunciaron violaciones al Convenio 169 que afectan gravemente los derechos de la comunidad indígena Guaytamari, del pueblo Huarpe de Mendoza (con personería jurídica N.º 696/97 del RENACI). La representación de la CTA en este reclamo se ejerce en función del artículo 18 de su estatuto social.
Específicamente, se denunció al Estado argentino por el incumplimiento de las siguientes obligaciones del Convenio 169 (ratificado por ley nacional): Violación al art. 6: Obligación de consulta previa a los pueblos originarios. Violación al art. 7: Derecho de los pueblos a decidir las prioridades de desarrollo en sus territorios y la evaluación de impactos, y violación al art. 15: Protección especial de los derechos sobre los recursos naturales.
La reclamación se centra en la aprobación, por parte del Gobierno de Mendoza, del proyecto minero “San Jorge Cobre Mendocino”. Este proyecto no solo vulnera el Convenio 169, sino también la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual establece que, ante planes de inversión a gran escala en territorios indígenas, el Estado debe obtener el consentimiento libre, previo e informado de dichas comunidades.