La medida alcanza a un total de 4,6 millones de beneficiarios y beneficiarias. El bono será otorgado a quienes tengan un ingreso de hasta y un haber mínimo de 32.630. Quienes tengan ingresos entre 32630 y 38.630 recibirán la diferencia hasta completar el último monto.
Desde la Secretaria de Previsión Social de la CTA A venimos sosteniendo y como lo expusimos en el debate Bicameral del Congreso Nacional, que es indispensable elevar el mínimo jubilatorio, al equivalente al costo total de la canasta básica de una persona mayor, para recomponer toda la pirámide previsional.
En el contexto de inflación que vive nuestro país es necesario añadir una cláusula gatillo que contemple dicha tasa para los supuestos en que la fórmula legal de actualización deje a los haberes atrasados.
Durante el primer semestre del año 2021, las jubilaciones aumentaron un 21,2% (8,07% en marzo y 12,12% en junio), sin embargo se ha percibido un deterioro significativo de la capacidad de consumo de los jubilados y pensionados, a causa de una tasa de inflación interanual que trepa al 42,6% (según datos dl INDEC).
La ley de movilidad jubilatoria que rige desde 2021 es la combinación de un 50 por ciento de la evolución de los salarios del Indec y del Ripte (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) – el mayor de ambos- y otro 50 por ciento de la recaudación tributaria de la Anses;
El Estado intenta compensar con bonos extraordinarios, que son no remunerativos y que no se incluyen en la fórmula de movilidad. Dicha fórmula además no contempla la suba indiscriminada y sin techo de los precios que desata una pérdida del consumo y del valor adquisitivo condenando a las y las jubilados y pensionados a la pobreza y precariedad .