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La Justicia les dio la razón a las dos CTA: Suspenden el Decreto que limita el Derecho de Huelga

Así lo expresaron en un comunicado las dos Centrales, según el dictamen de la Justicia.
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Desde la Central de las y los Trabajadores  (CTAT) y la CTA Autónoma (CTAA) informamos que el Juzgado Nacional del Trabajo Número 3, en fecha 27/06/2025 ha hecho lugar a la medida cautelar que solicitamos contra el artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, que limitaba ilegítimamente el Derecho de Huelga y la Libertad Sindical, suspendiendo provisionalmente sus efectos, hasta que se dicte la sentencia definitiva.

El fallo de la jueza Moira Fullana reconoce que el Poder Ejecutivo no demostró la situación de urgencia que justificara emitir este decreto, especialmente cuando el Congreso Nacional se encuentra en período de sesiones, aclarando que es el único órgano con funciones legislativas.

La resolución judicial protege así un derecho humanos fundamental de los trabajadores y las trabajadoras, consagrado en la Constitución Nacional, en los convenios de la OIT y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos.

La suspensión cautelar del artículo 3 del DNU 340/2025 representa una protección para los trabajadores y sus organizaciones sindicales y un límite claro al intento de atacar por decreto derechos laborales y sindicales conquistados históricamente.

Firman el comunicado Hugo Yasky, Secretario General de la CTAT y Hugo Godoy, Secretario General de la CTA Autónoma.

Cautelar completa: cautelar CTAS – dnu 340_250627_115650

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